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Compartir en Facebook Compartir en Twitter Compartir en LinkedINDesde este lunes 1 de julio está en vigor la nueva norma de calidad del pan que establece nuevos requisitos para que un pan se considere integral, entre otras novedades.
La norma fue aprobada por Real Decreto el pasado mes de abril, sienta un precedente legal en las normas de calidad de los alimentos al introducir una fiscalidad positiva.
Según ha explicado el Gobierno en un comunicado, la nueva norma mejorará la competitividad del sector español del pan, garantizará la leal competencia entre industrias estableciendo las mismas condiciones a todos los productores y facilitará la innovación atendiendo las nuevas necesidades de los consumidores.
Las principales novedades que introduce la norma de calidad del pan que entra en vigor este próximo lunes son:
— Requisitos más estrictos para considerar un pan integral, ya que exige que el cien por ciento de la harina empleada será integral. En el caso de panes que no estén elaborados de forma exclusiva con ese tipo de harinas se tendrá que indicar claramente en el etiquetado el porcentaje de harina utilizado.
— Incluye también requisitos más estrictos en el caso de pan de otros cereales. Por ejemplo, se establece para el pan de centeno que sea elaborado solo con ese tipo de harina. También se define el pan multicereal.
— Se concreta la definición de masa madre, que se preserva a un tipo de elaboración que limita el uso de levaduras industriales, y se establecen los requisitos para utilizar la denominación “elaborado con masa madre”.
— Se define la elaboración artesana del pan, en la que debe primar el factor humano frente al mecánico, y los requisitos que se deben cumplir para poder incluir esta mención en el etiquetado de los productos.
— Se introduce una nueva definición del pan común, que incluye panes elaborados con otro tipo de harinas distintas a la del trigo, permitiendo así el uso de harinas integrales, de otros cereales. Incluirá asimismo productos más beneficiosos para la salud, y muy demandados por el consumidor actual, como son productos con el salvado.
— Esta nueva definición de pan común permite que a partir de ahora se aplique un IVA reducido a muchos más productos que hoy en día se consideran de consumo habitual en los hogares, como son los panes integrales, los panes de otros cereales distintos al trigo y los panes elaborados con salvado. De esta forma y gracias a la ampliación de la definición de “pan común”, se van a beneficiar del tipo de IVA reducido (4 %) más tipos de panes que tenían actualmente un tipo del 10 %.
— Fruto de las negociaciones entre las distintas administraciones, se ha incluido una medida para limitar la cantidad de sal que se puede emplear para elaborar el pan común.
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